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Cómo obtener tu Golden Visa en España paso a paso

Guía actualizada 2026 · 8 minutos de lectura · Revisada por la comunidad

Mover tu capital a otro país ya es un reto gigante como para sumarle chicharrones burocráticos. Entendemos la frustración de querer invertir tu dinero en España y sentir que Extranjería te pone trabas por una fotocopia mal traducida, un certificado que no cuadra o un seguro inadecuado. La Golden Visa es tu «alfombra roja» legal para obtener residencia y permiso de trabajo de forma exprés, para ti y toda tu familia. Aquí tienes el mapa exactico, sin rodeos, para que tu inversión se traduzca en una residencia que salga sobre ruedas y a la primera.

1. ¿Qué es la Golden Visa en España?

Es un permiso de residencia especial creado bajo el marco de la Ley de Emprendedores (Ley 14/2013) destinado a ciudadanos extranjeros extracomunitarios (de fuera de la Unión Europea) que realizan una inversión económica significativa en territorio español. A diferencia de las autorizaciones de extranjería ordinarias, este visado te permite vivir y trabajar legalmente en España por un periodo inicial de 2 años, con la ventaja única de poder tramitarlo directamente estando en España como turista o con estancia regular.

Su mayor atractivo radica en la flexibilidad de residencia que otorga: no te exige permanecer físicamente en España durante 183 días al año para mantener o renovar el permiso. Solo necesitas viajar a territorio español al menos una vez durante el periodo de vigencia para mantener tu estatus activo, lo que te evita convertirte automáticamente en residente fiscal si así lo prefieres, otorgándote además libre circulación sin visado por toda la zona Schengen.

2. Requisitos innegociables: Tu perfil y seguro

Para que te aprueben tu visa como inversor, Extranjería revisará que cumplas estas bases:

Mayoría de Edad y Estatus Extracomunitario: Ser mayor de 18 años y no ostentar la ciudadanía de ningún Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

Historial Impecable (Sin Antecedentes Penales): Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido durante los últimos 5 años anteriores a la solicitud.

Acreditación de Recursos Económicos Suficientes: Demostrar medios financieros suficientes para cubrir tus gastos de sostenimiento y los de tu familia durante la estancia (se exige acreditar el 400% del IPREM mensual para el titular y el 100% del IPREM por cada familiar a cargo).

Seguro Médico Cobertura Total en España: Contar con asistencia sanitaria cubierta por un seguro público o un seguro privado suscrito con una entidad aseguradora autorizada para operar en España. (Dato clave de la norma: a diferencia de otros visados de extranjería, si la póliza médica contratada incluye periodos de carencia iniciales, la propia ley establece que esto no constituye motivo legal de denegación para este permiso).

3. Vías de Inversión: Inmuebles, Acciones o Deuda

Para acceder a este permiso, debes materializar y demostrar tu inyección de capital a través de una de estas opciones:

Inmuebles (Bienes Raíces): Adquisición de uno o varios bienes inmuebles en España con una inversión mínima de 500.000 € netos libres de toda carga o gravamen por cada solicitante principal, la cifra que supere los 500.000 € sí puede estar sujeta a hipoteca o financiación.

Depósitos Bancarios o Acciones: Inversión mínima de 1.000.000 € en participaciones sociales o acciones de empresas españolas con actividad real de negocio, o bien en un depósito bancario en una entidad financiera española.

Deuda Pública Española: Compra de títulos de Deuda Pública del Estado español por un valor nominal mínimo de 2.000.000 €.

Proyecto Empresarial de Interés General: Inversión en un proyecto empresarial a desarrollarse en España que sea considerado y acreditado como de interés general, que genere puestos de trabajo, produzca un impacto socioeconómico relevante en la zona o suponga una aportación científica o tecnológica destacada.

4. Cómo solicitar tu Golden Visa en 5 pasos

Sigue este orden estricto para no perder tu tiempo ni tu plata:

Paso 1: Ejecuta y certifica tu inversión

Una vez hecha la inversión, pide las pruebas irrefutables. Si compraste inmuebles, necesitas la escritura de compraventa y la certificación de dominios y cargas del Registro de la Propiedad. Si son acciones o depósitos, necesitarás el certificado del Ministerio de Economía o de tu entidad financiera.

Paso 2: Prepara tu expediente personal

Reúne tu pasaporte completo, el tiquete de avión que demuestre tu entrada a la zona Schengen, el seguro médico y tus antecedentes penales. Recuerda que todo documento extranjero debe estar apostillado (Autoridad del país emisor) y traducido al castellano.

Paso 3: Paga las tasas correspondientes

Llena el formulario de solicitud y abona el pago de la Tasa 038 modelo 790.

Paso 4: Presentación por Vía Rápida

Si estás legalmente en España (por ejemplo, como turista), presentas tu solicitud directamente en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). Si estás fuera, lo haces en el Consulado de España en tu país. Esta vía es un carril rápido: ¡el tiempo de resolución es de solo 20 días!.

Paso 5: Solicita tu TIE física

Apenas recibas la resolución favorable, tienes un mes para ir personalmente a pedir tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) a la Policía, entregando el formulario EX-17 y el comprobante de la Tasa 790 - Código 012.

Tip entre colombianos

Aprovecha la vía rápida si estás como turista en España para radicar directo ante la UGE-CE; en 20 días te resuelven. No olvides traer los antecedentes de Colombia apostillados desde allá y contratar un seguro médico sin copagos.

5. Los Errores Más Comunes (Lo que arruina tu expediente)

El error en el cómputo de la propiedad compartida: Comprar una vivienda de 500.000 € a nombre de un matrimonio en régimen de gananciales o en copropiedad con un socio asumiendo que la Golden Visa los amparará a ambos es motivo de rechazo inmediato. La ley exige que la aportación individual y libre de cargas de cada solicitante principal sea superior a los 500.000 €. Si un inmueble cuesta 1.000.000 €, sí sirve para otorgar la visa a dos inversores independientes.

Presentar seguros de asistencia al viajero: Adjuntar el seguro de viaje de la tarjeta de crédito o una póliza turística internacional. La ley exige expresamente un seguro de salud completo gestionado por una aseguradora autorizada a operar en España.

Presentar antecedentes penales sin apostilla: Presentar los certificados de antecedentes de tu país de origen sin el sello de la Apostilla de La Haya o traducidos por traductores no jurados carece de validez legal en España.

Certificaciones del Registro de la Propiedad caducadas: Aportar certificados registrales emitidos con una antigüedad superior a 90 días respecto a la fecha de radicación del expediente.

6. Preguntas frecuentes

¿Puedo incluir a mi familia en la misma solicitud de Golden Visa?

¡Sí, totalmente! El inversor principal puede solicitar, de forma simultánea o posterior, las autorizaciones de residencia para su cónyuge o pareja de hecho registrada, sus hijos menores de edad, sus hijos mayores de edad que dependan económicamente del titular y no hayan constituido su propia familia, así como para los padres a su cargo.

Sí. A diferencia de otros visados de residencia (como la residencia no lucrativa), las autorizaciones de residencia concedidas a los familiares bajo la Ley de Emprendedores llevan incorporada de forma explícita la autorización para trabajar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, en todo el territorio nacional.

No necesariamente. La Golden Visa no exige permanecer en España más de 183 días al año. Por tanto, el inversor puede mantener su residencia fiscal fuera de España si no supera ese límite de días de estancia anual en territorio español.

La autorización de residencia inicial obtenida en España mediante la UGE-CE tiene una vigencia de 3 años (o 2 años si se tramitó bajo esquemas anteriores). Al vencimiento, se renueva por periodos de 5 años sucesivos, siempre que se mantenga la inversión que dio origen al derecho.

Puedes vender o cambiar de inversión, pero debes mantener en todo momento el umbral mínimo exigido por la ley (por ejemplo, vender un inmueble de 500.000 € para comprar otro del mismo o mayor valor). Si vendes la propiedad y no repones la inversión mínima, perderás el derecho a renovar el permiso en el siguiente periodo.

¡Sí, absolutamente! Cada año que transcurres con la tarjeta de residencia por Golden Visa cuenta como tiempo de residencia legal en España. Al acumular 2 años de residencia legal continuada, los ciudadanos colombianos y latinoamericanos podemos solicitar la Nacionalidad Española por Residencia.

Sí. La ley no exige que la inversión se realice en una sola propiedad de gran valor. Puedes adquirir dos, tres o más propiedades (locales, pisos, garajes) siempre que la suma total de las inversiones netas acreditadas alcance o supere los 500.000 € libres de cargas.

Sí es permitido, siempre que la sociedad no esté domiciliada en un paraíso fiscal y que el inversor extranjero posea, directa o indirectamente, la mayoría de los derechos de voto y el control de la participación en la entidad.

La Ley 14/2013 establece un plazo oficial de resolución exprés de 20 días hábiles para la UGE-CE. Además, si la Administración no emite respuesta en ese plazo, opera el silencio administrativo estimatorio (positivo).

Puedes utilizar financiación hipotecaria, pero la ley exige que los primeros 500.000 € provengan 100% de fondos propios del inversor libres de todo gravamen. Por ejemplo, si compras una propiedad de 800.000 €, los primeros 500.000 € deben estar totalmente pagados de tu bolsillo, y los 300.000 € restantes sí pueden financiarse mediante un crédito hipotecario.

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